Capítulos de la regla de la orden
Lista de capítulos de la regla de la orden
1 minuto de lectura61. Cómo deben ser los monjes peregrinos Recibido
1. Si algún monje forastero que viene de una región lejana desea habitar en el monasterio.
2. Si le satisfacen las costumbres que en él encuentra y no perturba con sus vanas exigencias al monasterio.
3. Sino que simplemente se contenta con lo que halla, sea recibido por todo el tiempo que él quiera.
4. Y, si hace alguna crítica o indicación razonable con una humilde caridad, medite el abad prudentemente si el Señor no le habrá enviado precisamente para eso.
5. Si más adelante desea incorporarse definitivamente al monasterio, no se le rechace su deseo, ya que se pudo conocer bien su tenor de vida durante el tiempo que permaneció como huésped.
6. Mas si durante su estancia se vio que es un exigente o un vicioso.
7. No solamente tendrán que denegarle su vinculación a la comunidad monástica, sino que han de invitarle amablemente a que se vaya, para que no se corrompan los demás con sus desórdenes.
8. Mas si, por el contrario, no merece ser despedido, no sólo ha de admitírsele como miembro de la comunidad, si él lo pide.
9. Sino que han de convencerle para que se quede, con el fin de que con su ejemplo edifique a los demás.
10. Y porque en todas partes se sirve a un mismo Señor y se milita para el mismo rey.
11. El abad podrá incluso asignarle un grado superior, si a su juicio lo merece.
12. Y no sólo a cualquier monje, sino también a los que pertenecen al orden sacerdotal y clerical, de quienes ya hemos tratado, podrá el abad ascenderlos a un grado superior al que les corresponde por su ingreso, si cree que su vida se lo merece.
13. Pero el abad nunca recibirá a un monje de otro monasterio para vivir allí sin el consentimiento de su propio abad o sin una carta de recomendación, 14 porque está escrito: «No hagas a otro lo que no quieras te hagan a ti».
62. De los sacerdotes del monasterio
1. Si algún abad desea que le ordenen un sacerdote o un diácono, elija de entre sus monjes a quien sea digno de ejercer el sacerdocio.
2. Pero el que reciba ese sacramento rehuya la altivez y la soberbia.
3. Y no tenga la osadía de hacer nada, sino lo que le mande el abad, consciente de que ha de estar sometido mucho más a la observancia de la regla.
4. No eche en olvido la obediencia a la regla con el pretexto de su sacerdocio, pues por eso mismo ha de avanzar más y más hacia Dios.
5. Ocupará siempre el lugar que le corresponde por su entrada en el monasterio,
6. A no ser cuando ejerce el ministerio del altar o si la deliberación de la comunidad y la voluntad del abad determinan darle un grado superior en atención a sus méritos.
7. Recuerde, sin embargo, que ha de observar lo establecido por la regla con relación a los decanos y a los prepósitos.
8. Pero si se atreviere a obrar de otro modo, no se le juzgue como sacerdote, sino como rebelde.
9. Y si advertido muchas veces no se corrigiere, se tomará como testigo al propio obispo.
10. En caso de que ni aun así se enmendare, siendo cada vez más notorias sus culpas, expúlsenlo del monasterio.
11. Si en realidad su contumacia es tal, que no quiera someterse y obedecer a la regla.
63. De la Orden de la Comunidad
1. Dentro del monasterio conserve cada cual su puesto con arreglo a la fecha de su entrada en la vida monástica o según lo determine el mérito de su vida por decisión del abad. 2 Mas el abad no debe perturbar la grey que se le ha encomendado, ni nada debe disponer injustamente, como si tuviera el poder para usarlo arbitrariamente. 3 Por el contrario, deberá tener siempre muy presente que de todos sus juicios y acciones habrá de dar cuenta a Dios. 4 Por tanto, cuando se acercan a recibir la paz y la comunión, cuando recitan un salmo y al colocarse en el coro, seguirán el orden asignado por el abad o el que corresponde a los hermanos.
5. Y no será la edad de cada uno una norma para crear distinciones ni preferencias en la designación de los puestos, 6 porque Samuel y Daniel, a pesar de que eran jóvenes, juzgaron a los ancianos. 7 Por eso, exceptuando, como ya dijimos, a los que el abad haya promovido por razones superiores o haya degradado por motivos concretos, todos los demás colóquense conforme van ingresando en la vida monástica; 8 así, por ejemplo, el que llegó al monasterio a la segunda hora del día, se considerará más joven que quien llegó a la primera hora, cualquiera que sea su edad o su dignidad. 9 Pero todos y en todo momento mantendrán a los niños en la disciplina.
10. Respeten, pues, los jóvenes a los mayores y los mayores amen a los jóvenes. 11 En el trato mutuo, a nadie se le permitirá llamar a otro simplemente por su nombre. 12 Sino que los mayores llamarán hermanos a los jóvenes, y éstos darán a los mayores el título de «reverendo padre». 13 Y al abad, por considerarle como a quien hace las veces de Cristo, se le dará el nombre de señor y abad; mas no por propia atribución, sino por honor y amor a Cristo. 14 Lo cual él debe meditarlo y portarse, en consecuencia, de tal manera, que se haga digno de este honor.
15. Cada vez que se encuentren los hermanos, pida el más joven la bendición al mayor. 16 Cuando se acerque uno de los mayores, el inferior se levantará, cediéndole su sitio para que se siente, y no se tomará la libertad de sentarse hasta que se lo indique el mayor; 17 así se cumplirá lo que está escrito «Procurad anticiparos unos a otros en las señales de honor». 18 Los niños pequeños y los adolescentes ocupen sus respectivos puestos con el debido orden en el oratorio y en el comedor. 19 Y fuera de estos lugares estén siempre bajo vigilancia y disciplina hasta que lleguen a la edad de la reflexión.
64. De constituir una abadesa
1. En la ordenación del abad siempre ha de seguirse como norma que sea instituido aquel a quien toda la comunidad unánimemente elija inspirada por el temor de Dios, o bien una parte de la comunidad, aunque pequeña, pero con un criterio más recto. 2 La elección se hará teniendo en cuenta los méritos de vida y la prudencia de doctrina del que ha de ser instituido, aunque sea el último por su precedencia en el orden de la comunidad. 3 Pero, aun siendo toda la comunidad unánime en elegir a una persona cómplice de sus desórdenes, Dios no lo permita, 4 cuando esos desórdenes lleguen de alguna manera a conocimiento del obispo a cuya diócesis pertenece el monasterio, o de los abades, o de los cristianos del contorno.
5. Impidan que prevalezca la conspiración de los mal intencionados e instituyan en la casa de Dios un administrador digno, 6 seguros de que recibirán por ello una buena recompensa, si es que lo hacen desinteresadamente y por celo de Dios; así como, al contrario, cometerían un pecado si son negligentes en hacerlo. 7 El abad que ha sido instituido como tal ha de pensar siempre en la carga que sobre sí le han puesto y a quién ha de rendir cuentas de su administración; 8 y sepa que más le corresponde servir que presidir. 9 Es menester, por tanto, que conozca perfectamente la ley divina, para que sepa y tenga dónde sacar cosas nuevas y viejas; que sea desinteresado, sobrio, misericordioso.
10. Y «haga prevalecer siempre la misericordia sobre el rigor de la justicia», para que a él le traten la misma manera. 11 Aborrezca los vicios, pero ame a los hermanos. 12 Incluso, cuando tenga que corregir algo, proceda con prudencia y no sea extremoso en nada, no sea que, por querer raer demasiado la herrumbre, rompa la vasija. 13 No pierda nunca de vista su propia fragilidad y recuerde que no debe quebrar la caña hendida. 14 Con esto no queremos decir que deje crecer los vicios, sino que los extirpe con prudencia y amor, para que vea lo más conveniente para cada uno, como ya hemos dicho.
15. Y procure ser más amado que temido. 16 No sea agitado ni inquieto, no sea inmoderado ni terco, no sea envidioso ni suspicaz, porque nunca estará en paz. 17 Sea previsor y circunspecto en las órdenes que deba dar, y, tanto cuando se relacione con las cosas divinas como con los asuntos seculares, tome sus decisiones con discernimiento y moderación, 18 pensando en la discreción de Jacob cuando decía: «Si fatigo a mis rebaños sacándoles de su paso, morirán en un día». 19 Recogiendo, pues, estos testimonios y otros que nos recomiendan la discreción, madre de las virtudes, ponga moderación en todo, de manera que los fuertes deseen aun más y los débiles no se desanimen.
20. Y por encima de todo ha de observar esta regla en todos sus puntos, 21 para que, después de haber llevado bien su administración, pueda escuchar al Señor lo mismo que el siervo fiel por haber suministrado a sus horas el trigo para sus compañeros de servicio: 22 «Os aseguro que le confiará la administración de todos sus bienes».
65. Sobre el prior del monasterio
1. Ocurre con frecuencia que por la institución del prepósito se originan graves escándalos en los monasterios. 2 Porque hay algunos que se hinchan de un maligno espíritu de soberbia, y, creyéndose segundos abades, usurpan el poder, fomentan conflictos y crean la disensión en las comunidades, 3 especialmente en aquellos monasterios en los que el prepósito ha sido ordenado por el mismo obispo y por los mismos abades que ordenan al abad. 4 Fácilmente se puede comprender lo absurdo que resulta todo esto cuando desde el comienzo su misma institución como prepósito es la causa de su engreimiento.
5. Porque le sugiere el pensamiento de que está exento de la autoridad del abad, 6 diciéndose a sí mismo: «Tú también has sido ordenado por los mismos que ordenaron al abad». 7 De aquí nacen envidias, altercados, calumnias, rivalidades, discordias desórdenes. 8 Y así, mientras el abad y el prepósito sostienen criterios opuestos, es inevitable que peligren las almas por semejante discordia 9 y que sus subordinados vayan hacia su perdición, adulando a una parte o a la otra.
10. La responsabilidad de esta peligrosa desgracia recae, en primer término, sobre los que la provocaron, como autores de tan gran desorden. 11 Por eso, nosotros hemos creído oportuno, para mantener la paz y la caridad, que el abad determine con su criterio la organización de su propio monasterio. 12 Y, si es posible, organice por medio de los decanos, como anteriormente lo hemos establecido, todos los servicios del monasterio, 13 pues, siendo varios los encargados, ninguno se engreirá. 14 Si el lugar exige, y la comunidad lo pide razonablemente con humildad, y el abad lo cree conveniente.
15. El mismo abad instituirá a su prepósito con el consejo de los hermanos temerosos de Dios. 16 Este prepósito, sin embargo, ejecutará respetuosamente lo que el abad le ordene, y nunca hará nada contra la voluntad o el mandato del abad, 17 pues cuanto más encumbrado esté sobre los demás, con mayor celo debe observar las prescripciones de la regla. 18 Si el prepósito resulta ser un relajado, o se ensoberbece alucinado por su propia hinchazón, o se comprueba que menosprecia la regla, será amonestado verbalmente hasta cuatro veces. 19 Si no se enmendare, se le aplicarán las sanciones que establece la regla.
20. Y, si no se corrige, se le destituirá de su cargo de prepósito y en su lugar se pondrá a otro que sea digno. 21 Pero, si después no se mantiene dentro de la comunidad tranquilo en la obediencia, sea incluso expulsado del monasterio. 22 Mas piense el abad que rendirá cuentas a Dios de todas sus disposiciones, no sea que deje abrasar su alma por la pasión de la envidia o de los celos.
66. Sobre los porteros del monasterio
1. Póngase a la puerta del monasterio un monje de edad y discreto, que sepa recibir un recado y transmitirlo, y cuya madurez no le permita andar desocupado.
2. Este portero ha de tener su celda junto a la puerta, para que cuantos lleguen al monasterio se encuentren siempre con alguien que les conteste.
3. En cuanto llame alguno o se escuche la voz de un pobre, responda Deo gratias o Benedic.
4. Y, con toda la delicadeza que inspira el temor de Dios, cumpla prontamente el encargo con ardiente caridad.
5. Si necesita alguien que le ayude, asígnenle un hermano más joven.
6. Si es posible, el monasterio ha de construirse en un lugar que tenga todo lo necesario, es decir, agua, molino, huerto y los diversos oficios que se ejercitarán dentro de su recinto.
7. para que los monjes no tengan necesidad de andar por fuera, pues en modo alguno les conviene a sus almas.
8. Y queremos que esta regla se lea muchas veces en comunidad, para que ningún hermano pueda alegar que la ignora.
67. De los hermanos que son enviados en un Viaje
1. Los monjes que van a salir de viaje se encomendarán a la oración de los hermanos y del abad.
2. Y en las preces conclusivas de la obra de Dios se recordará siempre a todos los ausentes.
3. Al regresar del viaje los hermanos, el mismo día que vuelvan, se postrarán sobre el suelo del oratorio en todas las horas al terminarse la obra de Dios.
4. Para pedir la oración de todos por las faltas que quizá les hayan sorprendido durante el camino viendo alguna cosa inconveniente u oyendo conversaciones ociosas.
5. Nadie se atreverá a contar a otro algo de lo que haya visto o escuchado fuera del monasterio, porque eso hace mucho daño.
6. Y el que se atreva a hacerlo será sometido a la sanción de la regla.
7. Otro tanto ha de hacerse con el que tuviera la audacia de salir fuera de la clausura del monasterio e ir a cualquier parte, o hacer alguna cosa, por insignificante que sea, sin autoridad del abad.
68. Si a una hermana se le ordena hacer Cosas imposibles
1. Cuando a un hermano le manden alguna vez obedecer en algo penoso para él o imposible, acoja la orden que le dan con toda docilidad y obediencia.
2. Pero, si ve que el peso de lo que le han impuesto excede totalmente la medida de sus fuerzas exponga al superior, con sumisión y oportunamente, las razones de su imposibilidad.
3. Excluyendo toda altivez, resistencia u oposición.
4. Mas si, después de exponerlo, el superior sigue pensando de la misma manera y mantiene la disposición dada, debe convencerse el inferior que así le conviene.
5. Y obedezca por caridad, confiando en el auxilio de Dios.
69. Que los monjes presumen de no defender Mutuamente
1. Debe evitarse que por ningún motivo se tome un monje la libertad de defender a otro en el monasterio o de constituirse en su protector en cualquier sentido.
2. Ni en el caso de que les una cualquier parentesco de consaguinidad.
3. No se permitan los monjes hacer tal cosa en modo alguno, porque podría convertirse en una ocasión de disputas muy graves.
4. El que no cumpla esto será castigado con gran severidad.
70. Que nadie se atreva a castigar a Aleatorio
1. Debe evitarse en el monasterio toda ocasión de iniciativa temeraria.
2. Y decretamos que nadie puede excomulgar o azotar a cualquiera de sus hermanos, a no ser que haya recibido del abad potestad para ello.
3. «Los que hayan cometido una falta serán reprendidos en presencia de todos, para que teman los demás».
4. Pero los niños, hasta la edad de quince años, estarán sometidos a una disciplina más minuciosa y vigilada por parte de todos.
5. Aunque con mucha mesura y discreción.
6. El que de alguna manera se tome cualquier libertad contra los de más edad sin autorización del abad o el que se desfogue desmedidamente con los niños, será sometido a la sanción de la regla.
7. Porque está escrito: «No hagas a otro lo que no quieres que hagan contigo».
71. Que los hermanos sean obedientes a Mutuamente
1. El bien de la obediencia no sólo han de prestarlo todos a la persona del abad, porque también han de obedecerse los hermanos unos a otros.
2. Seguros de que por este camino de la obediencia llegarán a Dios.
3. Tienen preferencia los mandatos del abad o de los prepósitos por él constituidos, mandatos a los cuales no permitimos que se antepongan otras órdenes particulares.
4. Por lo demás, obedezcan todos los inferiores a los mayores con toda caridad y empeño.
5. Si alguno es un porfiador, sea castigado.
6. Cuando un hermano es reprendido de la manera que sea por el abad o por cualquiera de sus mayores por una razón cualquiera, aun mínima.
7. O advierte que el ánimo de alguno de ellos está ligeramente irritado contra él o desazonado aunque sea levemente.
8. Al instante y sin demora irá a postrarse a sus pies y permanecerá echado en tierra ante él dándole satisfacción, hasta que con una palabra de bendición le demuestre que a se ha pasado su enojo.
9. Y, si alguien se niega a hacerlo, será sometido a un castigo corporal; si se muestra contumaz, será expulsado del monasterio.
72. Sobre el buen celo que deben tener Have
1. Si hay un celo malo y amargo que separa de Dios y con. doce al infierno.
2. Hay también un celo bueno que aparta de los vicios y conduce a Dios y a la vida eterna.
3. Este es el celo que los monjes deben practicar con el amor más ardiente; es decir.
4. «Se anticiparán unos a otros en las señales de honor».
5. Se tolerarán con suma paciencia sus debilidades tanto físicas como morales.
6. Se emularán en obedecerse unos a otros.
7. Nadie buscará lo que juzgue útil para sí, sino, más bien, para los otros.
8. Se entregarán desinteresadamente al amor fraterno.
9. Temerán a Dios con amor.
10. Amarán a su abad con amor sincero y sumiso.
11. Nada absolutamente antepondrán a Cristo.
12. Y que él nos lleve a todos juntos a la vida eterna.
73. Sobre el hecho de que la La observancia de la justicia no se establece en esta regla
1. Hemos esbozado esta regla para que, observándola en los monasterios, demos pruebas, al menos, de alguna honestidad de costumbres o de un principio de vida monástica.
2. Mas el que tenga prisa por llegar a una perfección de vida, tiene a su disposición las enseñanzas de los Santos Padres, que, si se ponen en práctica, llevan al hombre hasta la perfección.
3. Porque efectivamente, ¿hay alguna página o palabra inspirada por Dios en el Antiguo o en el Nuevo Testamento que no sea una norma rectísima para la vida del hombre?.
4. ¿O es que hay algún libro de los Santos Padres católicos que no nos repita constantemente que vayamos por el camino recto hacia el Creador?.
5. Ahí están las Colaciones de los Padres, sus Instituciones y Vidas, y también la Regla de nuestro Padre San Basilio.
6. ¿Qué otra cosa son sino medios para llegar a la virtud de los monjes obedientes y de vida santa?.
7. Mas para nosotros, que somos perezosos, relajados y negligentes, son un motivo de vergüenza y confusión.
8. Tú, pues, quienquiera que seas, que te apresuras por llegar a la patria celestial, cumple, con la ayuda de Cristo, esta mínima regla de iniciación que hemos bosquejado.
9. Y así llegarás finalmente, con la protección de Dios, a las cumbres más altas de doctrina y virtudes que acabamos de recordar. Amén.